Crédito tributario de CNG

Se modificó el crédito tributario sobre la renta de Oklahoma que permite la inversión en la propiedad calificada de combustible para vehículos motorizados de combustión limpia.

El crédito se permite para inversiones en (1) equipos calificados de combustible para vehículos motorizados de combustión limpia instalados en un vehículo motorizado u originalmente como parte de él, de modo que el vehículo pueda funcionar con gas natural comprimido, gas natural licuado o gas de petróleo licuado ("Equipo calificado para vehículos a GNC"), y (2) bienes directamente relacionados con la entrega, con fines comerciales o por una tarifa o cargo, de gas natural comprimido, gas natural licuado o gas licuado de petróleo en el tanque de combustible de un vehículo motorizado propulsado por dicho combustible, lo que incluye equipos de compresión y tanques de almacenamiento en el punto de entrega del combustible ("Bienes calificados de abastecimiento de GNC").

La modificación del crédito establece que el monto del crédito permitido para Equipo calificado para vehículos a GNC se basará en el peso bruto del vehículo calificado ($5,500 para vehículos que pesen hasta 6,000 libras, $9,000 para vehículos de 6,00 I a I 0,000 libras, $26,000 para 10,001 a 26,500 libras y $50,000 para más de 26,501 libras).

El monto del crédito que se permite para Bienes calificados de abastecimiento de GNC será el cuarenta y cinco por ciento (45 %) del costo del bien calificado. Este es un cambio con respecto a las disposiciones actuales de la ley que permiten un crédito del setenta y cinco por ciento (75 %) del costo de dicho bien.

Se modificó la ley para establecer un límite anual de $20 millones en el monto de créditos que se permiten a los contribuyentes.
HB 2095, que modifica 68 0. S. §2357.22, vigente a partir del 1 de enero de 2020.